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Economía

01 de Diciembre de 2008
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El Congreso aprueba las reformas sobre la jubilización y el mercado hipotecario

22/11/2007 - 17:51

Gracias a ellas se podrá prolongar la vida laboral y reducir las comisiones por cancelación anticipada


Madrid (EFE)
Los trabajadores que prolonguen su vida laboral más allá de los 65 años de forma voluntaria serán incentivados según la Ley de reforma de Seguridad Social aprobada hoy definitivamente por el Congreso, tras incorporar varias de las enmiendas introducidas en el Senado.
La Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social, que salió adelante con el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción de ERC, que se abstuvo, incorpora otras novedades como la reducción de la edad de jubilación en personas con discapacidad o el reconocimiento de la pensión de viudedad para las parejas de hecho.
También incorpora la mejora en la pensión para los prejubilados antes de enero de 2002 o la ampliación del concepto de familia numerosa.
Asimismo incluye, entre otros aspectos, la consideración del periodo del servicio militar como tiempo cotizado o el aumento, hasta los quince años, del periodo exigido para percibir una pensión de jubilación.
La Ley entrará en vigor el 1 de enero de 2008, excepto lo que afecta a situaciones de la viudedad en parejas de hecho y los prejubilados, que lo hará un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, agradeció la dedicación de todos los Grupos para aprobar la ley".
Ley del Mercado Hipotecario
Asimsimo, la Cámara Baja aprobó hoy el texto de reforma de la Ley del Mercado Hipotecario. La principal novedad es que se permite que se puedan realizar hipotecas inversas no sólo sobre la vivienda habitual, sino también sobre la segunda vivienda.
En el Senado también se añadió el reconocimiento a las hipotecas flotantes o de máximos --orientadas a garantizar con una sola hipoteca todas aquellas obligaciones, existentes y futuras, que haya o pudiera llegar a haber entre acreedor y deudor--, y que tiene por objeto mejorar la financiación de pequeñas y medianas empresas (pymes).
Reducción de la comisión por cancelación anticipada
Entre las medidas más importantes de la ley, que se aplicará a los préstamos contratados a partir de su entrada en vigor, se encuentra la reducción desde el 1% al 0,5% de la comisión máxima por cancelación anticipada de hipoteca o subrogación en las firmadas a tipos de interés variable, porcentaje que se reduce al 0,25% si el crédito tiene más de 3 años.
Asimismo, las comisiones que estén previstas contractualmente por amortización de capital anticipado se reduzcan al 0,25% si se producen después de los cinco primeros años de vida del crédito.
En las hipotecas suscritas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,5% solo podrá aumentarse cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia de capital para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad, esto es, si los tipos de interés están por debajo del tipo al que se contrató la hipoteca.





  

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